La Comuna de Arequito convoca a las personas que gozan de la exención en el pago de la Tasa General del Servicio Urbano a reinscribirse para mantener ese beneficio.
El régimen de exención está destinado exclusivamente a personas jubiladas, pensionadas y sujetos vulnerables. Vale destacar que el beneficio se otorga al titular por su condición particular.
En el transcurso del tiempo, las exenciones de pago se hicieron extensivas a personas distintas. Uno de los ejemplos es el fallecimiento del beneficiario y la ocupación de la casa por familiares o inquilinos, manteniéndose esa exención de tasa.
La medida de reempadronamiento de la Comuna de Arequito busca ordenar el sistema, garantizando que el beneficio favorezca únicamente a quienes cumplen con los requisitos de exención.
ATENCIÓN: PERSONAS EXENTAS
La Ordenanza Nº 2283/25 reglamenta que los beneficiarios de la exención deberán acreditar nuevamente el cumplimiento de la totalidad de los requisitos dentro de un plazo de 60 días.
Quienes no vuelvan a acreditar los requisitos perderán el beneficio.
El nuevo beneficio regirá desde la fecha de presentación y por el término de 2 años.
Requisitos:
-Fotocopia de DNI.
-Último recibo de cobro (jubilación mínima).
-Poseer una única propiedad (en caso de alquiler, fotocopia del contrato).
-Tasa de inmueble urbano al día.


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